Inconstitucional o no inconstitucional
Ese es el dilema.
El territorio de Puerto Rico se rige por un modelo de gobierno republicano, compuesto de las ramas ejecutiva, legislativa y judicial, adscritas al Congreso Norteamericano. Visto que en el territorio aplican las leyes federales, existe un Tribunal Federal en San Juan, con una Corte de Apelaciones en Boston y el Tribunal Supremo en Washington. Opera paralelo a un sistema judicial (¿estatal?) con tribunales de Primera Instancia, Apelativo y Supremo.
Que a la altura del Siglo XXI existan territorios es una rareza, un eufemismo para colonia por las contradicciones que el concepto representa para una nación que hiciera una guerra para dejar de ser colonias. Un juego semántico que tiene la consecuencia muy real de reducir los derechas de los ciudadanos de los territorios a una categoría inferior.
Créame que es complicado esto de ser o no ser, propiedad pero no parte. Quiere decir que unas leyes aplican, otras no y unas otras, pues quién sabe, que también inventamos sobre la marcha y sobrevivimos siglos del contrabando. Cuando se declaró la bancarrota comenzamos a enterarnos de cuántas nos aplican o no, todavía estamos en veremos.
La cantidad de la deuda pública junto, a la declaración de bancarrota del gobierno han desencadenado una secuencia de acontecimientos que reverbera en nuestra sociedad, así como en las altas esferas del poder federal. En los foros de justicia como en la calle se discute la constitucionalidad del territorio, la naturaleza de los poderes que median, la ciudadanía de segunda categoría y la Junta de Supervisión Fiscal.
El episodio más reciente en la saga de la deuda es la proclama del Tribunal de Apelaciones de Boston, en que un panel ha dictaminado que los nombramientos a la Junta de Supervisión Fiscal son inconstitucionales pues el método de ternas no cumple con el requisito para oficiales de primer nivel, que deben ser aprobados por el Congreso. El Tribunal de Apelaciones, de otra parte, da por buenas las acciones tomadas por la Junta Fiscal con el argumento de que no hacerlo sería un retroceso en el proceso de recuperación. Un aval por omisión a la constitucionalidad de la misma Junta. Si pero no; algo, pero no todo. Así andamos María, un pasito al frente y dos atrás.
La determinación de inconstitucionalidad de los nombramientos llega a meses plazo de que los miembros de la Junta entreguen su mandato de tres años en el próximo agosto y concede al presidente 90 días para someter los nombramientos o revalidar los que sirven actualmente. Para nada contribuye a mi felicidad que Trump tenga la potestad de nombrar sus procónsules. Soy un optimista pero también aprendí que cuando las cosas andan mal, se pueden poner peor.
Alimenta mi esperanza que en el nuevo procedimiento para seleccionar los miembros de la Junta, a los candidatos les corresponde someterse a escrutinio del Congreso. Vistas públicas que sacarían a relucir los conflictos de interés y se prestan para ventilar el impacto de las política de privatización y austeridad que ha propuesto la Junta. Veremos también la valoración de la ejecutoria de los que han “servido” y esperamos salgan a relucir los sueldos y los gastos en representación.
Queremos saber en que sentido torcido de justicia cabe, que sea el pueblo de Puerto Rico el que pague la ineptitud, la irresponsabilidad y no dudo que la ilegalidad de quienes nos embrollaron por tres generaciones. Queremos conocer quienes tomaron las decisiones y quienes se han lucrado de esta triste situación. Y justicia ha de ser que paguen los responsables.
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Copyright 2019 por José M. Umpierre. FotoS del Tribunal cortesia del autor. Foto de la isla en el dominio publico.